Ética en la investigación

De acuerdo con la Comisión Nacional de Bioética, los Comité de Ética en Investigación son un órgano colegiado autónomo, institucional, interdisciplinario, plural y de carácter consultivo, creado para evaluar y dictaminar protocolos de investigación en seres humanos. Los establecimientos que están obligados a contar con un Comité de Ética en Investigación son aquellos dedicados a la atención médica del sector público, social o privado del sistema nacional de salud, en donde se realice investigación en seres humanos. Conforme a lo dispuesto en los artículos 41 Bis y 98 de la Ley General de Salud. La Universidad de Guadalajara está totalmente comprometida con el avance de la investigación académica de alta calidad y con asegurar que todas las actividades de investigación realizadas por empleados de la Universidad, o en instalaciones de la Universidad, que involucren participación humana o datos personales se lleven a cabo de manera que protejan la dignidad, los derechos, salud, seguridad y privacidad de los involucrados.

El Comité de Ética en Investigación del Centro Universitario de los Altos tiene presente el concepto de responsabilidad social, tanto de las actividades de promoción, educación y capacitación de sus miembros y de la sociedad y, una de sus funciones es la educativa, pues realiza actividades que ayuda a la comunidad institucional a incorporar información, conocimiento y conductas éticas en su desempeño cotidiano. a seguimiento a las recomendaciones emitidas por las diferentes instancias en materia de salud, elaborar lineamientos y guías éticas institucionales para la investigación y formular los manuales de organización y de procedimientos del propio Comité.

Objetivos principales:

  1. Contribuir a salvaguardar la dignidad, los derechos, la seguridad y el bienestar de todos los actuales o potenciales participantes en las investigaciones.
  2. Actuar en interés los participantes en la investigación y de las comunidades involucradas, tomando en consideración la regulación nacional e internacional en materia de ética en la investigación, y
  3. Procurar que los beneficios y las cargas de la investigación sean distribuidos entre todos los grupos y clases de la sociedad, tomando en cuenta la edad, género, estatus económico, cultura y consideraciones étnicas.

Funciones:

  1. Difundir en la comunidad universitaria y en la sociedad los principios y valores de la bioética;
  2. La revisión, evaluación y dictamen de los Protocolos de Investigación que involucran seres humanos y animales;
  3. Formular y dar seguimiento a las recomendaciones de carácter ético que correspondan a los Protocolos de Investigación;
  4. Propiciar la reflexión acerca de las cuestiones éticas, jurídicas y sociales que plantea la investigación sobre las ciencias de la vida y sus aplicaciones
  5. Elaborar lineamientos y guías éticas institucionales en materia de investigación en salud, apegadas a las disposiciones normativas vigentes;
  6. Asesorar a los investigadores para una óptima realización ética de sus protocolos;
  7. Presentar en los primeros treinta días naturales del año, un informe anual de actividades al Rector (a) del Centro;
  8. Participar con otros Comités, en la evaluación conjunta de protocolos de investigación cuando así se amerite, y
  9. Coadyuvar en la aplicación de las leyes, reglamentos, acuerdo y cualquier otra disposición aplicables en materia de investigación en salud.

Enlaces relacionados

Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados

Comisión Nacional de Bioética

Normatividad nacional

Normas para la redacción del consentimiento informado, recomendadas por CIOMS